Ley General de Prevención y Gestión Integral de Residuos y su Reglamento (LGPGIR)

Palabras clave:

  • Disposición final: Comprende el conjunto de operaciones destinadas a lograr el depósito permanente de los residuos.
  • Subsanar: Excusar un desacierto, remediar un daño o error, una dificultad o un problema.
  • Confinamiento: Pena que consiste en obligar a alguien a residir en un lugar diferente al que pertenece.
  • Residuos sólidos urbanos (RSU): Son aquellos que se generan en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos los que sean de la misma naturaleza.
  • Residuos peligrosos (RP): Se denomina residuo peligroso a aquel que contiene propiedades intrínsecas que presentan riesgos para la salud y para el medio ambiente.
  • Residuos de manejo especial (RME): Aquellos generados en los procesos productivos, que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos.
  • Gestión ambiental: Sistema que incorpora procesos para resumir, monitorear, informar, desarrollar y ejecutar políticas ambientales.

Objetivos de la investigación:

  • Conocer la estructura, conformación, funcionamiento y labor de la Ley General de Prevención y Gestión Integral de Residuos.
  • Alentar y dar a conocer a la población lo importante de una buena gestión de residuos y clasificación de estos.

Resumen

Ley que expone de manera general y concisa las disposiciones generales aplicables dentro de Mexico en materia de residuos. Considerando de igual manera la política ambiental a fin de garantizar el desarrollo sustentable que se debería con una ley específica en materia de gestión, la cual se hizo realidad a partir del año 2003.

Tiene por misión el asegurar el derecho a toda persona a un entorno ambiental sano, propiciando y regulando un desarrollo optimo y sustentable a través de la prevención de la generalización, valorización y gestión integral de residuos urbanos, de manejo especial y peligrosos.

INTRODUCCIÓN

La LGPGIR de nivel federal es la encargada de regir la adecuada disposición para los residuos tanto su manejo, categorización, clasificación y como debe hacerse de manera correcta y adecuada su disposición final.

Fue promulgada el 8 de Octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, misma que entró en vigor el 6 de Enero de 2004, y el día 30 de Noviembre de 2006 fue publicado su reglamento que entró en vigor el 30 de Diciembre de ese mismo año. Haciendo público a la población sus disposiciones, expresamente fundamenta los mecanismos de coordinación que, en materia de prevención, valorización y la gestión integral de residuos en entidades federativas y sus municipios.

La SEMARNAT pone esta guía a disposición de los interesados y al público en general con el fin de promover un manejo ambientalmente adecuado de los residuos y la remediación de sitios contaminados, y propiciar así, el desarrollo sustentable.

La LGPGIR menciona diversos procedimientos administrativos, particularmente aquellos relacionados con el registro e informe anual de generadores de residuos peligrosos y de sus planes de manejo, prestación de servicios, así como aspectos relacionados con la caracterización de sitios contaminados, la evaluación de riesgo ambiental y de las propuestas de remediación.

DESARROLLO

La ley general para la prevención y gestión integral estipula varios artículos que la secretaria agrupa y subclasifica para resaltar las diferentes secciones que engloba dicha ley, misma que, está dividida y estructurada por títulos, capítulos, artículos y su reglamento.

Para entender y hacer factible la información hablaremos de definiciones las cuales pretender facilitar la compresión del funcionamiento de esta ley:

  • La LGPGIR se refiere a la protección al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos, en el territorio nacional, tiene por misión garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado; fomentado el desarrollo sostenible a través de la prevención, gestión, generalización y valorización integrada de residuos peligrosos, de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.
  • Ley que proclama que toda persona, actividad económica y comunidad, genera inevitablemente residuos, estos dependen de la actividad que se realice recordando que la generación de residuos sólidos urbanos (RSU) está asociada de manera directa y proporcional con el poder adquisitivo de los habitantes.

ESTRUCTURA

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TÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales

Establece las disposiciones de la constitución política de los estados unidos mexicanos relativas a la protección del medio ambiente en lo que respecta a la prevención y manejo integral de residuos dentro del territorio nacional.

De orden público e interés social, tienen por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente sano y propiciar el desarrollo sustentable. Dentro del capítulo resaltan los siguientes artículos donde mencionan la formulación en materia de prevención, valorización y gestión integral (Art. 2).

TÍTULO SEGUNDO. Distribución de competencias y coordinación.

Mencionan las distintas atribuciones de la federación para un entorno ambiental sano. La entidades federativas y municipios ejercerán la autoridad sobre la generación, uso, manejo y prevención de los contaminantes de sitio (Art. 6). Así, las distintas formas de gestión de residuos pueden conllevar el riesgo de liberar contaminantes al medio ambiente a través de emisiones al aire, al agua o la generación de otro tipo de residuos.

TÍTULO TERCERO. Clasificación de los residuos.

Estipula los siguientes artículos, que resalta que la secretaria agrupa y subclasifica los residuos; con el propósito de elaborar inventarios y orientar la toma de decisiones basada en criterios de riego y el manejo de estos (Art. 15). Como ejemplo, los residuos de los servicios de salud, generados por los establecimientos que realicen actividades médico – asistenciales a las poblaciones humanas o animales, con excepción de los biológicos infecciosos (Art. 17).

TÍTULO CUARTO. Instrumentos de la política de prevención y gestión integral de los residuos.

Se basa en los principios de reducción, reutilización y reciclaje de residuos en el marco de un sistema de gestión integrado, en el que se aplican responsabilidades compartidas y diferenciadas entre diferentes sectores social y productivo (Art. 25 y 26).

TÍTULO QUINTO. Manejo integral de residuos peligrosos

Menciona que los residuos peligrosos deberán de ser manejados conforme a las actividades en las que se generen (Art. 40) pues deberán ser manipulados de forma segura y ambientalmente adecuada (Art. 41). Así mismo, el personal que genere y elimine desechos peligrosos debe notificar a los departamentos correspondientes de acuerdo con esta ley y sus disposiciones derivadas.

TÍTULO SEXTO. De la prevención y manejo integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Establece los sitios, así como su diseño, construcción e instalación destinados a su disposición final de RSU que deberán de estar sujeto a lo que marca la ley (Art. 95). Además, debe de abstenerse de realizar los siguientes actos: verter residuos en la vía pública, barrancas, ductos de drenaje, alcantarillado, cuerpos de agua y áreas naturales protegidas.

TÍTULO SÉPTIMO. Medidas de control y de seguridad, infracción y sanciones.

Realiza los actos de inspección y vigilancia del cumplimiento de lo dispuesto en la ley, con respecto de los residuos peligrosos de conformidad y tomando las medidas correctivas, de seguridad y sancionatorias que correspondan.

Si de las visitas de inspección se desprenden infracciones, en el emplazamiento respectivo la autoridad requerirá al interesado que adopte las medidas correctivas que resulten necesarias (Art. 104). Cuando proceda, las autoridades podrán ordenar al interesado las acciones que debe llevar a cabo para subsanar las irregularidades que motivo la implementación de dichas medidas (Art. 105).

CONCLUSIONES

La legislación se basa en el reconocimiento de que la gestión de los residuos demanda la participación informada y organizada de todos los sectores para lograr la reducción, reutilización, reciclado y manejo ambientalmente adecuado de los mismos.

El control y manejo de residuos en México no es un tema nuevo, han sido años de esfuerzo y trabajo para mejorar la gestión de los residuos. La normatividad en materia de manejo de residuos cambio gracias a la LGPGIR cambia el enfoque acerca de los residuos y se extiende el concepto y aplicación desde el que genera poco (<400 kg) hasta el que tiene un gran volumen de generación (>10 ton).

BIBLIOGRAFÍA

  • Ley General de Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
  • Reglamento de la Ley General de Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

 

Autor: Oswaldo Aldair Rea Valladares

Estudiante de Ingeniería Ambiental

Universidad Politécnica del Estado de Guerrero

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